¿Qué?
La nueva inmigración a los EE. UU. se suspende por 60 días para algunas categorías de personas que actualmente no se encuentran físicamente en los EE. UU.
¿Quién se ve afectado?
Solo las personas que se encuentran actualmente fuera de los EE. UU. y que aún no tienen una visa a partir del 22 de abril de 2020 y que buscan vivir de manera permanente en los EE. UU.
¿Quién no se ve afectado?
1. Cualquier persona que solicite algun estado de inmigración que ahora se encuentra dentro de los EE. UU. 2. Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses. 3. Solicitantes de tarjeta verde (ajuste de estatus) ya en los EE. UU. 4. Militares, y sus cónyuges e hijos de los EE. UU. 5. Residentes legales permanentes, o “titulares de la tarjeta verde.” 6. Profesionales médicos y científicos que trabajan en COVID-19. 7. Inversores EB-5, solicitantes de visa de interés nacional (NIV). 8. Categorías especiales de inmigración SI o SQ. 9. Adoptados en las categorías de Pariente inmediato (IR-4) o IJ-4. 10. Categorías de visa de no inmigrante (temporal) como visitante B1 / B2, estudiante F1, H1B, etc. * Pero, tenga en cuenta que la orden deja espacio para modificaciones en 30 días para hablar de estas categorías.
¿Cuando?
La Proclamación entra en vigencia a las 11:59 p.m. horario de verano del este el 23 de abril de 2020 y expirará después de 60 días.